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Orden Vigente

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

Disposición final segunda de la Orden FOM/2554/2006, de 27 de julio, por la que se establece el procedimiento de control para el reintegro a las empresas navieras del importe de las bonificaciones al transporte marítimo para los residentes en las Comunidades Autónomas de Canarias y de las Illes Balears y en las Ciudades de Ceuta y Melilla. · BOE-A-2006-14189

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-10-01.

Texto consolidado

La presente orden entrará en vigor el 1 de octubre de 2006.

No obstante lo anterior, las empresas navieras que cumplan con anterioridad a dicha fecha los requisitos establecidos en la presente orden, podrán solicitar acogerse a este procedimiento a partir del primer día del trimestre natural siguiente a su solicitud, para los tráficos con origen en puertos que tengan también la capacidad de proporcionar a la Dirección General de la Marina Mercante los datos de embarques que se produzcan en ellos de acuerdo con lo indicado en el apartado 6 a) del artículo 3.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-10-01.

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