Disposición final segunda. Ejecución y desarrollo.
Disposición final segunda de la Orden ECD/65/2015, de 21 de enero, por la que se describen las relaciones entre las competencias, los contenidos y los criterios de evaluación de la educación primaria, la educación secundaria obligatoria y el bachillerato. · BOE-A-2015-738
Atención: Orden ECD/65/2015 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. De acuerdo con lo indicado en esta orden, la Conferencia de Educación, a iniciativa del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, desarrollará estrategias para la consecución, integración y evaluación de las competencias que permitan ilustrar la elaboración de las programaciones didácticas y procedimientos de evaluación de la Educación Primaria, la Educación Secundaria Obligatoria y el Bachillerato.
2. Se habilita a la persona titular de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades para dictar, en el ámbito de sus competencias, cuantas resoluciones e instrucciones sean precisas para la ejecución y desarrollo de lo establecido en esta orden.
Más artículos de Orden ECD/65/2015
- ← Disposición final primera. Título competencial.
- → Disposición final tercera. Entrada en vigor.
- Ver la norma completa: Orden ECD/65/2015, de 21 de enero, por la que se describen las relaciones entre las competencias, los contenidos y los criterios de evaluación de la educación primaria, la educación secundaria obligatoria y el bachillerato.