Disposición final segunda.
Disposición final segunda de la Orden de 23 de julio de 1997 por la que se desarrolla el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres en materia de autorizaciones de transporte discrecional y privado complementario de viajeros en autobús. · BOE-A-1997-17306
Atención: BOE-A-1997-17306 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Esta Orden entrará en vigor el día 1 de julio de 1998. No obstante, no se otorgarán nuevas autorizaciones de transporte público discrecional de viajeros en autobús referidas a autobús concreto a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».