Disposición final segunda. Facultad de desarrollo.
Disposición final segunda de la Orden AAA/1857/2012, de 22 de agosto, por la que se establece una zona restringida para la pesca de especies demersales en el Golfo de León. · BOE-A-2012-11221
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-08-31.
Texto consolidado
Se faculta al Secretario General de Pesca para adoptar las medidas y dictar las resoluciones precisas para el cumplimiento y la aplicación de la presente orden, así como para actualizar el anexo con los buques autorizados.