Disposición final segunda. Preceptos con naturaleza de ley ordinaria.
Disposición final segunda de la Ley Orgánica 5/2015, de 27 de abril, por la que se modifican la Ley de Enjuiciamiento Criminal y la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, para transponer la Directiva 2010/64/UE, de 20 de octubre de 2010, relativa al derecho a interpretación y a traducción en los procesos penales y la Directiva 2012/13/UE, de 22 de mayo de 2012, relativa al derecho a la información en los procesos penales. · BOE-A-2015-4605
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-10-28.
Texto consolidado
Tienen naturaleza de ley ordinaria los artículos 124, 125, 127, 302, 416.3 y 775 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, así como la disposición final primera de la presente Ley Orgánica.
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