Disposición final segunda. Desarrollo de las figuras de intermediario financiero e inversor social.
Disposición final segunda de la Ley Foral 12/2013, de 12 de marzo, de apoyo a los emprendedores y al trabajo autónomo en Navarra. · BOE-A-2013-3676
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-03-19.
Texto consolidado
En el plazo de seis meses desde la aprobación de la presente Ley Foral, el Gobierno de Navarra, mediante el correspondiente Reglamento, desarrollará la figura del intermediario financiero en materia de trabajo autónomo y de apoyo al emprendedor recogida en la letra b) del artículo 10.
También en el plazo de seis meses desde la aprobación de la presente Ley Foral, el Gobierno de Navarra, mediante Reglamento, dotará de contenido a las figuras del inversor privado social y de las entidades de apoyo a la inversión social, recogidas en la letra c) del artículo 10.