Disposición final segunda. Registro de instrucciones previas.
Disposición final segunda de la Ley 9/2005, de 30 de septiembre, reguladora del documento de instrucciones previas en el ámbito de la sanidad. · BOE-A-2005-17346
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-10-07.
Texto consolidado
Por Decreto del Consejo de Gobierno se creará el Registro de Instrucciones Previas de La Rioja, debiendo regularse su organización, funcionamiento, régimen de inscripción y acceso, así como las condiciones de inscripción de los documentos ya inscritos en Registros Municipales.