Disposición final segunda. Cláusula de género.
Disposición final segunda de la Ley 8/2018, de 11 de diciembre, del Consejo Económico y Social de Cantabria. · BOE-A-2019-399
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-07-01.
Texto consolidado
Todas las referencias contenidas en esta Ley expresadas en masculino gramatical, cuando se refieran a personas físicas deben entenderse referidas indistintamente a hombres y mujeres y a sus correspondientes adjetivaciones masculinas o femeninas.