Disposición final segunda. Desarrollo reglamentario.
Disposición final segunda de la Ley 8/2013, de 27 de diciembre, de comunicación y publicidad institucional de Extremadura. · BOE-A-2014-754
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-01-19.
Texto consolidado
La Junta de Extremadura dictará en el plazo de tres meses siguientes a la entrada en vigor de esta Ley, las disposiciones reglamentarias que sean precisas para el desarrollo de la misma.