Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Disposición final segunda de la Ley 7/2016, de 20 de septiembre, por la que se articula un periodo transitorio para garantizar la prestación del servicio de televisión digital terrestre de ámbito local en Andalucía gestionado por particulares. · BOE-A-2016-9282
Atención: Ley 7/2016 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Esta ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía».