Disposición final segunda.
Disposición final segunda de la Ley 7/1990, de 28 de diciembre, de protección de los animales domésticos. · BOE-A-1991-9406
Atención: Ley 7/1990 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
La presente Ley entrara en vigor a los dos meses de su publicación en el «Diario Oficial de Castilla-La Mancha».