Disposición final segunda.
Disposición final segunda de la Ley 7/1986, de 5 de diciembre, de Museos de Aragón. · BOE-A-1986-33385
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1986-12-29.
Texto consolidado
La Diputación General deberá desarrollar reglamentariamente, en el plazo máximo de tres meses a partir de la entrada en vigor de esta Ley, la composición y funciones de la Comisión Asesora de Museos.