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Ley Vigente

Disposición final segunda. Bases de datos tributarios.

Disposición final segunda de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social. · BOE-A-1997-28053

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-01-01.

Texto consolidado

Se autoriza al Ministro de Economía y Hacienda para que, de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 5/1992, de 29 de octubre, de Regulación del Tratamiento Automatizado de los Datos de Carácter Personal, y en las normas que la desarrollan, sin perjuicio de las competencias que le corresponden a la Agencia de Protección de Datos, apruebe las normas básicas de control y seguridad del acceso a las bases de datos y archivos automatizados de la Administración tributaria en los casos legalmente permitidos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1998-01-01.

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