Disposición final segunda. Habilitación reglamentaria.
Disposición final segunda de la Ley 6/2017, de 15 de junio, de Cuentas Abiertas de Aragón. · BOE-A-2017-10293
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-06-24.
Texto consolidado
El Gobierno de Aragón desarrollará reglamentariamente el procedimiento para la reclamación, por parte de cualquier ciudadano ante el Consejo de Transparencia de Aragón, del incumplimiento de las obligaciones señaladas en esta ley por las entidades obligadas a ello.