Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Disposición final segunda de la Ley 6/2017, de 10 de julio, del Plan de Estadística de Extremadura 2017-2020. · BOE-A-2017-8842
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-07-12.
Texto consolidado
La presente ley entrará en vigor el día de su publicación en el «Diario Oficial de Extremadura».
Con independencia de su entrada en vigor, el Plan se iniciará a partir del día 1 de enero de 2017, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 de la presente ley.