Disposición final segunda. Habilitación para el desarrollo reglamentario.
Disposición final segunda de la Ley 6/2004, de 18 de octubre, de Cajas de Ahorros de La Rioja. · BOE-A-2004-19174
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2004-11-12.
Texto consolidado
Se autoriza al Gobierno de La Rioja para adoptar las medidas y dictar las disposiciones que sean necesarias para el desarrollo de la presente Ley.