Disposición final segunda.
Disposición final segunda de la Ley 6/1997, de 18 de julio, reguladora del Consejo Económico y Social de La Rioja. · BOE-A-1997-21529
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1997-09-07.
Texto consolidado
La presente Ley entrará en vigor el día siguiente de su publicación conforme a lo establecido en el artículo 21 del Estatuto de Autonomía de La Rioja.