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Ley Anulada

Disposición final segunda. Aplicación supletoria del Código Civil.

Disposición final segunda de la Ley 5/2011, de 1 de abril, de relaciones familiares de los hijos e hijas cuyos progenitores no conviven. · BOE-A-2011-7329

Atención: Ley 5/2011 está anulada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

El Código Civil se aplicará con carácter supletorio, en defecto de la presente ley, en todas las materias reguladas por ésta.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-05-05.

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