Disposición final segunda.
Disposición final segunda de la Ley 5/1997, de 30 de mayo, reguladora de utilización y control de los créditos destinados a gastos reservados. · BOE-A-2012-412
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1997-06-25.
Texto consolidado
Mediante decreto del Gobierno se determinará el órgano de la Administración encargado del depósito y registro de las declaraciones patrimoniales a las que tendrán acceso los Tribunales de Justicia y los parlamentarios elegidos de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7.