Disposición final segunda.
Disposición final segunda de la Ley 5/1985, de 21 de marzo, del Consejo Social de Universidades. · BOE-A-1985-4817
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1985-03-27.
Texto consolidado
Se autoriza al Gobierno y al Ministerio de Educación y Ciencia para dictar, en la esfera de sus atribuciones respectivas, cuantas disposiciones sean necesarias para la aplicación de esta Ley.