Disposición final segunda. Habilitación normativa.
Disposición final segunda de la Ley 4/2014, de 26 de junio, de Fundaciones Bancarias de Aragón. · BOE-A-2014-8281
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-07-16.
Texto consolidado
Se autoriza al Gobierno de Aragón para adoptar las medidas y dictar las disposiciones que sean necesarias para el desarrollo y aplicación de esta ley.