Disposición final segunda. Desarrollo y habilitación normativa.
Disposición final segunda de la Ley 4/2011, de 23 de marzo, de bibliotecas de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2011-6876
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-03-26.
Texto consolidado
Se autoriza al titular de la conselleria competente en materia de bibliotecas para dictar cuantas disposiciones resulten necesarias para la aplicación y desarrollo de la presente ley.