Disposición final segunda.
Disposición final segunda de la Ley 4/1995, de 27 de marzo, de creación del Instituto Canario de Investigaciones Agrarias y del Consejo Asesor de Investigaciones Agrarias. · BOE-A-1995-9731
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1995-04-04.
Texto consolidado
El Reglamento del Instituto Canario de Investigaciones Agrarias deberá ser aprobado por el Gobierno de Canarias en el plazo de ocho meses desde la entrada en vigor de esta Ley.