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Ley Vigente

Disposición final segunda. Crédito extraordinario y necesidades presupuestarias futuras.

Disposición final segunda de la Ley 32/1999, de 8 de octubre, de Solidaridad con las víctimas del terrorismo. · BOE-A-1999-20063

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-10-09.

Texto consolidado

1. El Gobierno elevará a las Cortes Generales, en el plazo más breve posible, un proyecto de ley de concesión de un crédito extraordinario para financiar los pagos previsibles a lo largo de 1999.

2. Las posteriores necesidades presupuestarias se consignarán en las Leyes de Presupuestos Generales del Estado.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1999-10-09.

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