Disposición final segunda. Habilitación normativa y ejecutiva.
Disposición final segunda de la Ley 3/2021, de 29 de julio, de Servicios Sociales de la Región de Murcia. · BOE-A-2021-21315
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-08-30.
Texto consolidado
Se faculta a la persona titular de la consejería competente en materia de servicios sociales, en el ámbito de las respectivas competencias previstas en esta ley, para dictar cuantas disposiciones sean necesarias en orden al desarrollo y ejecución de la misma, de conformidad con los preceptos de la parte dispositiva en los que así se indique.