Disposición final segunda. Desarrollo reglamentario.
Disposición final segunda de la Ley 3/2003, de 19 de junio, de cooperación para el desarrollo. · BOE-A-2003-14480
Atención: Ley 3/2003 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. Se autoriza a la Xunta de Galicia para dictar las normas necesarias para el desarrollo y aplicación de la presente Ley.
2. El desarrollo reglamentario a que se refiere el punto anterior se efectuará en el plazo de un año desde la entrada en vigor de la presente Ley.