Disposición final segunda.
Disposición final segunda de la Ley 3/1993, de 9 de diciembre, Forestal de la Comunidad Valenciana. · BOE-A-1994-1915
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1994-01-10.
Texto consolidado
Se faculta al Consejo para que pueda dictar cuantas disposiciones sean necesarias para la aplicación y desarrollo de esta Ley. Su Reglamento ejecutivo se aprobará en el plazo de un año de su entrada en vigor.