Disposición final segunda.
Disposición final segunda de la Ley 3/1984, de 6 de junio, de creación y regulación del Consejo Asesor de RTVE en la Comunidad Valenciana. · BOE-A-1984-16539
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1984-06-12.
Texto consolidado
En el plazo máximo de tres meses a partir de la constitución del Consejo Asesor, el Consejo de la Generalidad Valenciana, a propuesta del propio Consejo Asesor, aprobará el Reglamento de ejecución y desarrollo de esta Ley.