Disposición final segunda. Modificaciones y habilitación presupuestarias.
Disposición final segunda de la Ley 21/2017, de 20 de septiembre, de la Agencia Catalana de Protección Social. · DOGC-f-2017-90496
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-10-12.
Texto consolidado
1. Se autoriza al Gobierno para que realice las modificaciones presupuestarias necesarias para traspasar a la Agencia Catalana de Protección Social los recursos de la Generalidad necesarios para su funcionamiento.
2. Los preceptos que eventualmente comporten gastos con cargo a los presupuestos de la Generalidad producen efectos a partir de la entrada en vigor de la ley de presupuestos correspondiente al ejercicio presupuestario inmediatamente posterior a la entrada en vigor de la presente ley.