Disposición final segunda.
Disposición final segunda de la Ley 2/1993, de 15 de julio, de Caza de Castilla-La Mancha. · BOE-A-1993-26323
Atención: Ley 2/1993 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
La presente Ley entrará en vigor a los tres meses contados desde su publicación en el «Diario Oficial de Castilla-La Mancha».