Disposición final segunda. Habilitación para el desarrollo reglamentario.
Disposición final segunda de la Ley 19/2015, de 23 de diciembre, por la que se deroga la Ley 16/2001, de 14 de diciembre, reguladora del Consejo Consultivo de Extremadura. · BOE-A-2016-731
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-01-01.
Texto consolidado
Se autoriza al Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura para dictar las disposiciones reglamentarias necesarias para el desarrollo y aplicación de la presente ley, en particular respecto de todos los expedientes que se encuentren en tramitación en el Consejo Consultivo de Extremadura.