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Ley Vigente

Disposición final segunda. Habilitación a la Junta de Extremadura para el desarrollo reglamentario.

Disposición final segunda de la Ley 18/2015, de 23 de diciembre, de cuentas abiertas para la Administración Pública Extremeña. · BOE-A-2016-730

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-12-30.

Texto consolidado

Se habilita a la Junta de Extremadura para que, en el ámbito de sus competencias, dicte las disposiciones reglamentarias necesarias para el desarrollo y aplicación de lo establecido en esta ley.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-12-30.

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