Disposición final segunda. Habilitación de desarrollo reglamentario.
Disposición final segunda de la Ley 18/2002, de 5 de julio, de Creación de la Comarca de Campo de Daroca. · BOE-A-2002-17492
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-09-01.
Texto consolidado
Se faculta al Gobierno de Aragón para dictar las disposiciones reglamentarias precisas para el desarrollo de la presente Ley.