Disposición final segunda.
Disposición final segunda de la Ley 16/2000, de 29 de diciembre, del Impuesto sobre Grandes Establecimientos Comerciales. · BOE-A-2001-1617
Atención: Ley 16/2000 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Se faculta al Gobierno y al Consejero o Consejera competente en materia de finanzas para que dicten las disposiciones necesarias para desplegar y aplicar la presente Ley.