Disposición final segunda. Plan Integral para el Fomento de la Artesanía en Andalucía.
Disposición final segunda de la Ley 15/2005, de 22 de diciembre, de Artesanía de Andalucía. · BOE-A-2006-759
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-01-20.
Texto consolidado
En el plazo de un año desde la entrada en vigor de la presente Ley, el Consejo de Gobierno aprobará el Plan Integral para el Fomento de la Artesanía en Andalucía.