Disposición final segunda. Desarrollo.
Disposición final segunda de la Ley 14/2007, de 5 de diciembre, del Instituto Catalán Internacional por la Paz. · BOE-A-2008-756
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-12-18.
Texto consolidado
El Gobierno ha de adaptar el Decreto 101/2005, de 31 de mayo, del Consejo Catalán de Fomento de la Paz, a la presente ley en el plazo de tres meses desde su entrada en vigor.