Disposición final segunda.
Disposición final segunda de la Ley 14/1997, de 24 de diciembre, de creación del Servicio Catalán de Tráfico. · BOE-A-1998-2987
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-01-01.
Texto consolidado
Se facultan al Gobierno de la Generalidad y al consejero o consejera de Gobernación para que dicten las disposiciones necesarias para el desarrollo de la presente Ley.