Disposición final segunda. Desarrollo reglamentario.
Disposición final segunda de la Ley 13/2008, de 12 de diciembre, de Apoyo a las Familias. · BOE-A-2011-15727
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-01-23.
Texto consolidado
1. Se faculta al Consejo de Gobierno del País Vasco para dictar disposiciones reglamentarias para el desarrollo de la presente ley.
2. El desarrollo reglamentario de la ley se llevará a cabo en el plazo de los doce meses siguientes a la aprobación de esta ley. Además, en este plazo establecerá el sistema concreto de estandarización a que se refiere el artículo 6 de la presente ley.