Disposición final segunda.
Disposición final segunda de la Ley 13/1996, de 29 de julio, del Registro y el Depósito de Fianzas de los Contratos de Alquiler de Fincas Urbanas y de Modificación de la Ley 24/1991 de la Vivienda. · BOE-A-1996-19382
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1996-08-03.
Texto consolidado
El Gobierno de la Generalidad ha de elaborar, en el plazo de tres meses desde la entrada en vigor de la presente Ley, las disposiciones reglamentarias para su desarrollo.