Disposición final segunda. Fecha de efectividad de la atribución.
Disposición final segunda de la Ley 12/1993, de 20 de diciembre, de atribución de competencias a los consejos insulares en materia de servicios sociales y asistencia social, correspondientes al Decreto del Consejo General Interinsular de 28 de junio de 1982. · BOE-A-1994-5713
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1994-01-01.
Texto consolidado
En cumplimiento de lo que regula el artículo 22, h), de la Ley 5/1989, de 13 de abril, de Consejos Insulares, se establece la fecha de efectividad de la atribución competencial en concepto de propia en dos meses después de la entrada en vigor de la presente Ley.
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