Disposición final segunda. Entrada en vigor y afectaciones presupuestarias.
Disposición final segunda de la Ley 11/2014, de 10 de octubre, para garantizar los derechos de lesbianas, gays, bisexuales, transgéneros e intersexuales y para erradicar la homofobia, la bifobia y la transfobia. · BOE-A-2014-11990
Atención: Ley 11/2014 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. La presente ley entra en vigor al día siguiente de su publicación en el «Diari Oficial de la Generalitat de Cataluña».
2. Los preceptos cuyo cumplimiento exige la realización de gasto con cargo a los presupuestos de la Generalidad tienen efectos a partir de la entrada en vigor de la ley de los presupuestos correspondientes al ejercicio presupuestario inmediatamente posterior a la entrada en vigor de la presente ley.