Disposición final segunda. Facultades de desarrollo.
Disposición final segunda de la Ley 11/2011, de 28 de diciembre, de medidas fiscales para el fomento de la venta y rehabilitación de viviendas y otras medidas tributarias. · BOE-A-2012-1256
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-12-31.
Texto consolidado
Se faculta al Gobierno y al titular de la consejería competente en materia de Hacienda para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución de la presente ley.