Disposición final segunda.
Disposición final segunda de la Ley 11/2007, de 26 de octubre, de Bibliotecas de Euskadi. · BOE-A-2011-16754
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-12-09.
Texto consolidado
Los bienes objeto de depósito legal podrán entregarse al mismo tiempo que los integrantes del Depósito Bibliográfico de Euskadi, sin perjuicio de que se rijan por el régimen jurídico establecido en la normativa estatal y, en su caso, la autonómica de aplicación.