Disposición final segunda.
Disposición final segunda de la Ley 10/2000, de 7 de julio, de Ordenación del Transporte en Aguas Marítimas y Continentales. · BOE-A-2000-15934
Atención: Ley 10/2000 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
El Gobierno ha de regular por reglamento los requisitos necesarios para obtener la titulación de patrón en aguas continentales o fluviales establecidos en el artículo 7.3, así como los requisitos de obtención de las tarjetas de recreo establecidas en el mismo artículo.