Disposición final segunda.
Disposición final segunda de la Ley 1/1999, de 17 de marzo, del Estatuto de los Productores e Industriales Agroalimentarios de las Illes Balears. · BOE-A-1999-8272
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-04-25.
Texto consolidado
En un plazo de seis meses el Gobierno de las Illes Balears reglamentará el sistema para calcular el coste de los productos a efectos de poder determinar si existe venta por debajo del precio de coste.