Disposición final segunda. Desarrollo y ejecución.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-12-03.
Texto consolidado
1. Se autoriza a la persona titular de la Consejería con competencias en materia de medio ambiente y urbanismo para dictar las disposiciones que, en el ámbito de sus competencias, sean necesarias en desarrollo y ejecución del presente Decreto-ley.
2. Se autoriza a la persona titular de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud para llevar a cabo, en el ámbito de sus competencias, sean necesarias en desarrollo y ejecución del presente Decreto-ley.
3. Se autoriza a la persona titular de la Dirección-Gerencia de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía para llevar a cabo, en el ámbito de sus competencias, cuantas actuaciones sean necesarias para el desarrollo y aplicación de lo establecido en este Decreto-ley.
Más artículos de Decreto-ley 31/2020
- ← Disposición final primera. Modificación de la Ley 8/2018, de 8 de octubre, de Medidas frente al cambio climático y pa…
- → Disposición final tercera. Entrada en vigor.
- Ver la norma completa: Decreto-ley 31/2020, de 1 de diciembre, de medidas extraordinarias y urgentes en materia de evaluación ambiental estratégica de determinados instrumentos de planeamiento urbanístico y para impulsar la realización de proyectos de absorción de emisiones en Andalucía, así como de apoyo económico a las entidades prestadoras de los servicios de atención residencial, centro de día y de noche, y centro de día con terapia ocupacional para personas en situación de dependencia, como consecuencia de la situación ocasionada por el coronavirus (COVID-19).