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Decreto-ley Vigente

Disposición final segunda. Modificación de la Ley 1/2007, de 17 de enero, por la que se regula la Prestación Canaria de Inserción.

Disposición final segunda del Decreto-ley 20/2020, de 26 de noviembre, por el que se establecen medidas urgentes para paliar los efectos sociales derivados de la COVID-19 mediante el abono de una prestación extraordinaria a las personas titulares de las pensiones no contributivas, del fondo de asistencia social, del subsidio de garantía de ingresos mínimos y de la prestación canaria de inserción, residentes en la Comunidad Autónoma de Canarias. · BOE-A-2021-4373

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-11-28.

Texto consolidado

Se modifica el apartado 4 del artículo 9 de la Ley 1/2007, de 17 de enero, por la que se regula la Prestación Canaria de Inserción, que queda redactado como sigue:

«4. Del importe de la Prestación Canaria de Inserción que pudiera corresponder a la unidad de convivencia se deducirán los ingresos y demás rentas con que cuente ésta, teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 8 de esta Ley.

Cualquiera que sea la deducción que se efectúe, y siempre que se tuviese derecho a la percepción de la ayuda económica básica, ésta no podrá ser nunca inferior al importe mínimo de 130,41 euros, excepto a las que se perciban del Ingreso Mínimo Vital que se complementará hasta cubrir diferencia que le correspondería para la Prestación Canaria de Inserción.

Dicho importe mínimo podrá ser revalorizado anualmente en las leyes de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias.»

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2020-11-28.

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