Disposición final segunda. Desarrollo reglamentario.
Disposición final segunda del Decreto-ley 2/2012, de 25 de octubre, por el que se adoptan medidas urgentes en materia Sanitaria. · BOCL-h-2012-90252
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-10-30.
Texto consolidado
1. Se autoriza a la Junta de Castilla y León y al Consejero de Sanidad, en el ámbito de sus respectivas competencias, para dictar las disposiciones y adoptar las medidas necesarias para el desarrollo y ejecución de lo establecido en este Decreto-ley.
2. Se autoriza a la Junta de Castilla y León a modificar lo previsto en el apartado 1 del artículo 2 relativo al complemento de productividad del personal de las instituciones sanitarias de la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León, siempre y cuando el crecimiento económico supere el 2,5% del Producto Interior Bruto Interanual de Castilla y León y además se cumplan los objetivos de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.