Disposición final segunda.
Disposición final segunda del Decreto 118/1973, de 12 de enero, por el que se aprueba el texto de la Ley de Reforma y Desarrollo Agrario. · BOE-A-1973-167
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1973-02-23.
Texto consolidado
Por disposiciones especiales, se acomodarán a los preceptos de la presente Ley los que rigen para la enajenación de las diferentes clases de bienes que, sitos en zonas regables, fueran propiedad del Estado, Provincia, Municipio o Sindicatos.