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Circular Derogada

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

Disposición final segunda de la Circular 7/2012, de 30 de noviembre, del Banco de España, a entidades de crédito, sobre requerimientos mínimos de capital principal. · BOE-A-2012-14977

Atención: Circular 7/2012 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

La presente circular entrará en vigor el 1 de enero de 2013, excepto la disposición final primera, que entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2013-01-01.

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